El sueldo mínimo en Perú es de S/ 1.130 mensuales en 2026. Se llama Remuneración Mínima Vital (RMV) y rige desde el 1 de enero de 2025, fijada por el Decreto Supremo N.° 006-2024-TR. Es un monto único para todo el país y corresponde a una jornada completa de 8 horas diarias o 48 semanales.
Qué es la Remuneración Mínima Vital
La RMV es el piso salarial que ningún empleador del régimen laboral de la actividad privada puede pagar por debajo. La fija el Poder Ejecutivo mediante decreto supremo, previo debate técnico en el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo, donde se sientan el Estado, los gremios empresariales y las centrales sindicales.
No sube todos los años ni de forma automática. Se revisa cuando el Ejecutivo lo decide, mirando indicadores como la inflación subyacente y la productividad. Por eso pueden pasar varios años sin cambios: entre 2018 y 2022 la RMV quedó congelada en S/ 930.
Dos cosas que conviene tener claras desde el inicio. La primera: la RMV es un monto bruto, antes de los descuentos de pensiones. La segunda: es el mínimo por una jornada completa; si trabajas menos horas, se calcula proporcional.
Cuánto es el sueldo mínimo hoy: mensual, diario y por hora
| Concepto | Monto | Base |
|---|---|---|
| RMV mensual | S/ 1.130 | D.S. N.° 006-2024-TR, vigente desde el 1 de enero de 2025 |
| RMV diaria | S/ 37,67 (aprox.) | S/ 1.130 ÷ 30 días |
| RMV por hora | S/ 4,71 (aprox.) | S/ 1.130 ÷ 30 días ÷ 8 horas |
| Jornada máxima | 8 horas diarias o 48 semanales | Art. 25 de la Constitución y D.S. N.° 007-2002-TR |
Los valores diario y por hora son referenciales: salen de dividir la RMV mensual entre 30 días y entre la jornada de 8 horas. La norma fija el monto mensual; el valor hora sirve para calcular jornadas parciales, sobretiempo y descuentos.
Si tu sueldo básico en la boleta de pago figura por debajo de S/ 1.130 y trabajas jornada completa, hay un problema que debes reclamar.
A quién le aplica la RMV
Aplica a los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, en todo el territorio nacional. No hay sueldos mínimos por región ni por ciudad: el mismo monto rige en Lima, en Iquitos y en Puno.
Casos concretos que sí están cubiertos:
- Trabajadores de micro y pequeña empresa (REMYPE). El mínimo es el mismo. Lo que cambia en el régimen MYPE son otros beneficios (vacaciones, CTS, gratificaciones), no el piso salarial.
- Trabajadoras y trabajadores del hogar. La Ley N.° 31047 establece que la remuneración se acuerda entre las partes, pero no puede ser inferior a la RMV por jornada completa de 8 horas diarias o 48 semanales.
- Trabajadores del régimen agrario. La Ley N.° 31110 dispone que quien labore 4 o más horas diarias en promedio a la semana percibe una remuneración básica mensual no menor a la RMV, más la Bonificación Especial por Trabajo Agrario (BETA), equivalente al 30% de la RMV y de carácter no remunerativo.
No aplica del mismo modo a quienes no tienen relación laboral dependiente: si emites recibo por honorarios como locador de servicios, no estás bajo el régimen laboral privado y la RMV no te ampara. Ojo con esto, porque muchas empresas usan el recibo por honorarios para encubrir un vínculo laboral real. Si cumples horario, recibes órdenes y estás subordinado, eso es un contrato de trabajo aunque te hagan firmar otra cosa, y ahí sí corresponde el mínimo y el resto de derechos laborales.
Jornada parcial: cómo se calcula el mínimo proporcional
Si trabajas menos de 4 horas diarias en promedio (part time), no cobras la RMV completa: cobras la parte proporcional. Así lo establece la Resolución Ministerial N.° 091-92-TR, tomando como base la jornada ordinaria del centro de trabajo.
La cuenta es directa: divides la RMV entre las horas de la jornada ordinaria de tu empresa y multiplicas por las horas que efectivamente trabajas.
Ejemplo orientativo. Si la jornada ordinaria de tu centro de trabajo es de 8 horas y tú trabajas 4 horas diarias, te corresponde como mínimo la mitad de la RMV: S/ 565 mensuales. Si trabajas 6 horas, tres cuartas partes: S/ 847,50. Son cifras de referencia para entender la mecánica; tu monto depende de la jornada real pactada.
Trabajar part time no te quita el derecho al mínimo proporcional. Lo que cambia son algunos beneficios (por ejemplo, la CTS exige un promedio de 4 horas diarias).
Conceptos que se calculan sobre la RMV
Varios pagos laborales se calculan tomando la RMV como referencia. Cuando sube el mínimo, estos montos también se mueven.
| Concepto | Cómo se calcula | Monto con RMV de S/ 1.130 | Base legal |
|---|---|---|---|
| Asignación familiar | 10% de la RMV | S/ 113 mensuales | Ley N.° 25129 |
| Trabajo en horario nocturno | RMV + sobretasa no menor al 35% | S/ 1.525,50 como mínimo mensual | Art. 8 del D.S. N.° 007-2002-TR |
| Bonificación agraria (BETA) | 30% de la RMV | S/ 339 | Ley N.° 31110 |
| Remuneración mínima de trabajadores del hogar | No menor a la RMV | S/ 1.130 | Ley N.° 31047 |
La asignación familiar se paga a quienes tienen hijos menores de 18 años (o hasta los 24 si cursan estudios superiores) y es un monto único, no se multiplica por número de hijos.
El recargo por trabajo nocturno aplica a quien labora entre las 10:00 p. m. y las 6:00 a. m. La regla es que ese trabajador no puede percibir una remuneración mensual menor a la RMV vigente con una sobretasa del 35%.
Las horas extras son un caso distinto: no se calculan sobre la RMV sino sobre tu propia remuneración, con las sobretasas de ley.
Historial de aumentos de la RMV
| Vigente desde | Monto mensual | Norma |
|---|---|---|
| 1 de enero de 2025 | S/ 1.130 | D.S. N.° 006-2024-TR |
| 1 de mayo de 2022 | S/ 1.025 | D.S. N.° 003-2022-TR |
| 1 de abril de 2018 | S/ 930 | D.S. N.° 004-2018-TR |
| 1 de mayo de 2016 | S/ 850 | D.S. N.° 005-2016-TR |
| 1 de junio de 2012 | S/ 750 | D.S. N.° 007-2012-TR |
En 2026 se ha hablado públicamente de una posible revisión de la RMV en el segundo semestre dentro del Consejo Nacional de Trabajo, pero no hay ningún aumento aprobado ni vigente: el monto que rige hoy sigue siendo S/ 1.130.
Qué hacer si te pagan menos del sueldo mínimo
Pagar por debajo de la RMV a un trabajador de jornada completa es un incumplimiento laboral. Estos son los pasos razonables, en orden.
1. Revisa tu boleta. Fíjate en el concepto «remuneración básica». A veces el básico está por debajo del mínimo y lo completan con bonos no remunerativos: eso no reemplaza a la RMV. Compara también las horas de tu jornada, porque si eres part time el mínimo es proporcional.
2. Reclama por escrito al empleador. Un correo o una carta simple dirigida a Recursos Humanos, pidiendo la regularización del básico y el pago de la diferencia. Guarda copia y el cargo de recepción. Muchas veces se resuelve ahí, sobre todo en empresas pequeñas donde el error es de planilla.
3. Denuncia ante SUNAFIL. La denuncia laboral es gratuita, la puede presentar un trabajador o extrabajador del sector privado y no necesitas abogado. Se hace de forma virtual desde el portal de SUNAFIL en gob.pe. Te van a pedir datos de la empresa (RUC y dirección del centro de trabajo), tus datos de contacto y los documentos que sustenten el reclamo, como boletas de pago o el contrato. La identidad del denunciante es confidencial.
Tienes el paso a paso en nuestra guía de cómo denunciar ante SUNAFIL.
4. Si ya no trabajas ahí, el reclamo por las diferencias de remuneración entra en el cálculo de tu liquidación de beneficios sociales, porque un básico mal registrado arrastra errores en CTS, gratificaciones y vacaciones.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el sueldo mínimo en Perú 2026?
S/ 1.130 mensuales brutos. Ese monto rige desde el 1 de enero de 2025 por el Decreto Supremo N.° 006-2024-TR y sigue vigente en 2026. Corresponde a una jornada completa de 8 horas diarias o 48 horas semanales en el régimen laboral de la actividad privada.
¿Cuánto es el sueldo mínimo por hora?
Alrededor de S/ 4,71 por hora, resultado de dividir S/ 1.130 entre 30 días y entre 8 horas diarias. Por día sale unos S/ 37,67. Son valores referenciales: la norma fija el monto mensual, no una tarifa horaria oficial, pero esa división es la que se usa para calcular jornadas parciales y descuentos.
¿Va a subir el sueldo mínimo?
A la fecha no hay ningún aumento aprobado. Se ha mencionado la posibilidad de que el Consejo Nacional de Trabajo revise la RMV durante el segundo semestre de 2026, pero mientras no salga un decreto supremo publicado en El Peruano, el mínimo sigue siendo S/ 1.130. Cualquier cifra distinta que circule es una propuesta o una proyección, no una norma.
¿Cuánto se recibe neto después de los descuentos?
Menos de S/ 1.130, porque la RMV es un monto bruto. Al sueldo se le descuenta el aporte previsional: si estás en la ONP se aplica un porcentaje fijo sobre la remuneración; si estás en una AFP, el aporte obligatorio más la comisión de la administradora y la prima de seguro, que varían según la AFP que elijas. Con un sueldo al nivel del mínimo no hay retención de quinta categoría, porque está muy por debajo del tramo inafecto. Para saber tu neto exacto, revisa los descuentos que figuran en tu boleta.
¿El sueldo mínimo es igual en todas las regiones del Perú?
Sí. La RMV es única a nivel nacional: no existen mínimos diferenciados por región, provincia ni ciudad. El mismo monto rige en Lima que en Arequipa, Cusco o Loreto. Lo que sí varía por región es el costo de vida y el sueldo promedio de mercado, pero eso no cambia el piso legal.
¿Qué pasa si mi empleador me paga menos del mínimo?
Está incumpliendo la norma y le corresponde pagarte la diferencia. Primero reclama por escrito a la empresa y guarda el cargo. Si no regulariza, presenta una denuncia gratuita ante SUNAFIL con tus boletas y tu contrato; SUNAFIL puede inspeccionar al empleador. También puedes reclamar las diferencias por la vía judicial laboral, junto con el impacto en beneficios como la CTS y las gratificaciones.
Fuentes oficiales
- Decreto Supremo N.° 006-2024-TR — MTPE (gob.pe): incremento de la RMV a S/ 1.130 desde el 1 de enero de 2025.
- Decreto Supremo N.° 006-2024-TR — El Peruano: texto publicado en el diario oficial.
- Decreto Supremo N.° 003-2022-TR — El Peruano: RMV de S/ 1.025 desde el 1 de mayo de 2022.
- Decreto Supremo N.° 004-2018-TR — El Peruano: RMV de S/ 930 desde el 1 de abril de 2018.
- Serie «Remuneración Mínima Vital – Nominal (S/)» — BCRPData: evolución histórica del monto.
- Ley N.° 31047, Ley de las trabajadoras y trabajadores del hogar: remuneración no inferior a la RMV.
- Ley N.° 31110, Régimen laboral agrario — El Peruano: remuneración básica no menor a la RMV y BETA del 30%.
- Derechos laborales de los trabajadores a tiempo parcial — MTPE (gob.pe): proporcionalidad de la remuneración mínima.
- Denunciar incumplimientos laborales de una empresa privada — SUNAFIL (gob.pe): canal de denuncia gratuito.
- Denuncia Virtual SUNAFIL: plataforma en línea.
Sobre el autor
Redactado por el equipo editorial de Empleo en Perú (Luis Estévez). Última actualización: julio de 2026.
Información orientativa; no constituye asesoría legal. Verifica siempre la norma vigente en gob.pe y El Peruano.

