Licencia por maternidad 2026 Perú: 98 días y subsidio

La licencia por maternidad en Perú es de 98 días naturales: 49 de descanso prenatal y 49 de descanso postnatal. Durante ese período no trabajas, pero EsSalud te paga un subsidio por maternidad equivalente al promedio de tus remuneraciones, siempre que cumplas los aportes mínimos y mantengas vínculo laboral vigente. Tu puesto está protegido contra el despido.

Qué es la licencia por maternidad y cuál es su marco legal

La licencia por maternidad —también llamada descanso por maternidad— es el derecho de la trabajadora gestante a un período de descanso remunerado alrededor del parto, para proteger su salud y la del recién nacido. Está regulada por la Ley N.º 26644, modificada por la Ley N.º 30367, y reglamentada por el D.S. N.º 002-2016-TR.

Lo importante para tu economía es que el descanso no lo paga tu empleador de su bolsillo: lo cubre el Seguro Social de Salud (EsSalud) mediante el subsidio por maternidad. Tu empleador adelanta el pago y luego pide el reembolso a EsSalud. Por eso cumplir los requisitos de aportes es clave: de ellos depende que el subsidio se apruebe.

Este derecho alcanza a las trabajadoras del régimen laboral privado y, en general, a las aseguradas regulares con vínculo laboral vigente. La licencia es irrenunciable: no puedes «cambiarla» por dinero ni seguir trabajando durante el descanso postnatal.

Cuántos días son: descanso prenatal, postnatal y ampliaciones

La regla general son 98 días naturales, repartidos en dos tramos iguales. Además, la ley permite diferir días del prenatal al postnatal y reconoce ampliaciones en casos especiales.

Situación Días de descanso Detalle
Descanso prenatal 49 días Antes de la fecha probable de parto
Descanso postnatal 49 días Después del parto
Total general 98 días 49 + 49
Diferir prenatal al postnatal Hasta los 49 prenatales Con certificación del médico tratante de que no afecta tu salud ni la del bebé
Parto múltiple (gemelos, etc.) +30 días Se suman al postnatal: total 128 días
Hijo con discapacidad +30 días Se suman al postnatal: total 128 días
Adelanto del parto (parto antes de lo previsto) Se ajusta Los días de adelanto se acumulan al descanso postnatal

Diferir el prenatal. Si tu embarazo va bien, puedes optar por no usar (o usar solo en parte) los 49 días previos al parto y acumular esos días al postnatal, para estar más tiempo con el bebé tras el nacimiento. Necesitas que tu médico tratante certifique que diferirlos no perjudica tu salud ni la del concebido, y comunicarlo a tu empleador con anticipación.

Ampliación de +30 días. Tanto el parto múltiple como el nacimiento de un hijo con discapacidad amplían el descanso postnatal en 30 días naturales adicionales, llevando el total a 128 días.

Nota: existen iniciativas legislativas en trámite en el Congreso para ampliar el descanso postnatal en supuestos como el nacimiento prematuro o de bajo peso. A junio de 2026 no constituyen aún una norma nacional vigente con un plazo fijo distinto a los señalados arriba; rige lo establecido por la Ley N.º 30367.

Subsidio por maternidad de EsSalud: requisitos y cómo solicitarlo

El subsidio por maternidad es el monto que EsSalud reconoce para compensar el tiempo que la asegurada no trabajará durante su licencia. Cubre los 98 días (o 128 si hay ampliación).

Requisitos de aportes

Según EsSalud y la plataforma oficial gob.pe, para tener derecho debes cumplir, de forma conjunta:

  • Tener vínculo laboral vigente al inicio y durante todo el período del subsidio.
  • Tener vínculo laboral en el mes en que se inicia el embarazo.
  • Contar con 3 meses de aportes consecutivos o 4 no consecutivos, dentro de los 6 meses calendario anteriores al mes en que se inicia el descanso por maternidad.

Estar afiliada como trabajadora dependiente y aparecer en la planilla con aportes a EsSalud es lo que te habilita el beneficio. Si cambiaste de empleo poco antes del embarazo, revisa que tus aportes cumplan la ventana de los 6 meses.

Cómo se calcula

El monto del subsidio equivale al promedio diario de las remuneraciones de los 12 últimos meses anteriores al inicio de la prestación, multiplicado por el número de días de goce. En la práctica, si tu sueldo se mantuvo estable, el subsidio diario equivale a tu remuneración diaria habitual.

Pasos para solicitarlo

  1. Reúne tu documento de identidad y el certificado / CITT (certificado de incapacidad temporal por maternidad) emitido por EsSalud.
  2. Si eres trabajadora dependiente, el trámite lo hace tu empleador. Él te paga el subsidio en la misma forma y oportunidad que tu remuneración, y luego solicita el reembolso a EsSalud (usando el Formulario 8001 para prestaciones económicas).
  3. El empleador puede gestionar el reembolso de forma presencial o a través de los canales en línea de EsSalud (plataforma de prestaciones económicas).
  4. Plazo: la solicitud debe presentarse dentro de los 6 meses contados desde el período máximo postparto (o desde la fecha de término del descanso consignada en el CITT). En parto múltiple o hijo con discapacidad, ese plazo se extiende 30 días adicionales.

Ejemplo numérico de cálculo

Supongamos que tu remuneración promedio de los últimos 12 meses fue de S/ 2.000,00 mensuales.

  • Promedio diario = S/ 2.000,00 ÷ 30 = S/ 66,67 por día.
  • Subsidio por los 98 días = S/ 66,67 × 98 = S/ 6.533,33 aproximadamente.

Si percibieras la Remuneración Mínima Vital (RMV) de S/ 1.130,00 (D.S. N.º 006-2024-TR, vigente en 2026):

  • Promedio diario = S/ 1.130,00 ÷ 30 = S/ 37,67 por día.
  • Subsidio por los 98 días = S/ 37,67 × 98 = S/ 3.691,33 aproximadamente.

Los montos son referenciales: el cálculo oficial usa el promedio real de tus 12 últimas remuneraciones y los días efectivos de goce.

Protección contra el despido durante el embarazo y la maternidad

La ley protege tu estabilidad laboral. Es nulo el despido que tenga como motivo el embarazo, el nacimiento y sus consecuencias o la lactancia, cuando ocurre durante la gestación o dentro de los 90 días posteriores al parto (Ley N.º 30709, en línea con el D.S. N.º 002-2016-TR).

En ese período se presume que el despido se debió al embarazo o la maternidad, salvo que el empleador acredite una causa justa debidamente comprobada. Es decir, la carga de la prueba recae en el empleador. Si el despido se declara nulo, te corresponde la reposición en tu puesto y el pago de las remuneraciones dejadas de percibir.

Si crees que te despidieron por estar embarazada o por tu licencia, puedes presentar una denuncia ante SUNAFIL y evaluar la vía judicial.

Hora de lactancia: 1 hora diaria hasta el primer año

Al terminar el descanso postnatal, tienes derecho a una (1) hora diaria de permiso por lactancia materna hasta que tu hijo cumpla un año de edad (Ley N.º 27240, modificada por las leyes N.º 27403 y N.º 28731, vigentes).

Puntos clave de este permiso:

  • Se considera tiempo efectivamente laborado para todo efecto legal y no es objeto de descuento.
  • Puede fraccionarse en dos tiempos iguales dentro de tu jornada.
  • En caso de parto múltiple, el permiso se incrementa en una hora más al día.
  • El horario se acuerda entre la trabajadora y el empleador.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de licencia por maternidad hay en Perú?

Son 98 días naturales: 49 de descanso prenatal y 49 de descanso postnatal. En casos de parto múltiple o hijo con discapacidad, el postnatal se amplía 30 días, llegando a un total de 128 días.

¿Quién paga la licencia por maternidad?

El descanso lo cubre EsSalud mediante el subsidio por maternidad. Tu empleador adelanta el pago en la fecha habitual de tu remuneración y luego solicita el reembolso a EsSalud.

¿Qué requisitos pide EsSalud para el subsidio por maternidad?

Tener vínculo laboral vigente al inicio y durante el subsidio, y contar con 3 meses de aportes consecutivos o 4 no consecutivos dentro de los 6 meses anteriores al mes en que inicia el descanso por maternidad.

¿Puedo pasar mis días de descanso prenatal al postnatal?

Sí. Puedes diferir todo o parte de los 49 días prenatales y acumularlos al postnatal, siempre que tu médico tratante certifique que ello no afecta tu salud ni la del bebé, y lo comuniques a tu empleador.

¿Pueden despedirme estando embarazada o de licencia?

Es nulo el despido motivado por el embarazo, el parto o la lactancia ocurrido durante la gestación o dentro de los 90 días posteriores al parto. El empleador debe probar una causa justa; de lo contrario, procede tu reposición y el pago de remuneraciones devengadas.

¿Cuánto dura la hora de lactancia?

Tienes 1 hora diaria de permiso por lactancia hasta que tu hijo cumpla un año. Se cuenta como tiempo trabajado, no se descuenta y, en parto múltiple, se suma una hora adicional.

Enlaces útiles

Última actualización: julio de 2026


Luis Estévez — abogado y economista de Lima, especializado en empleo y derecho laboral. Convierte normativa y trámites en guías claras y verificables.

Fuentes oficiales

  • Ley N.º 26644 y Ley N.º 30367 — descanso prenatal y postnatal por maternidad (98 días).
  • D.S. N.º 002-2016-TR — reglamento de la licencia por maternidad.
  • EsSalud / gob.pe — subsidio por maternidad: requisitos, cálculo y trámite (gob.pe, EsSalud).
  • Ley N.º 30709 — protección contra el despido de trabajadoras gestantes y lactantes.
  • Ley N.º 27240 y sus modificatorias (Ley N.º 27403 y Ley N.º 28731) — permiso por lactancia materna.
  • D.S. N.º 006-2024-TR (MTPE) — Remuneración Mínima Vital de S/ 1.130,00.

Esta guía es información orientativa y no constituye asesoría legal.

Luis Estévez

Abogado y economista de Lima, me dedico a ofrecer información actualizada y relevante a la ciudadanía. Mi objetivo es proporcionar recursos y orientación que faciliten el acceso a oportunidades de empleo, ayudando a los individuos a encontrar opciones laborales acordes a sus habilidades y aspiraciones.

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