Feriados de agosto 2026 en Perú: 6 y 30

En agosto de 2026 hay dos feriados nacionales en Perú: el jueves 6, por la Batalla de Junín, y el domingo 30, por Santa Rosa de Lima. Ambos alcanzan al sector público y privado. El viernes 7 y el lunes 31 no son feriados nacionales. Si trabajas sin descanso sustitutorio, corresponde el pago especial de ley.

Cuáles son los feriados de agosto 2026

El calendario oficial de gob.pe registra dos feriados nacionales en agosto. El primero está fijado por la Ley N.° 31530, que incorporó la Batalla de Junín al listado del Decreto Legislativo 713. El segundo, Santa Rosa de Lima, ya forma parte de ese régimen de descansos remunerados.

Fecha Día de la semana Motivo Alcance
6 de agosto de 2026 Jueves Batalla de Junín Sector público y privado
30 de agosto de 2026 Domingo Santa Rosa de Lima Sector público y privado

Un feriado nacional es un descanso remunerado establecido por ley. Si no trabajas, cobras tu remuneración habitual. No tienes que recuperar esas horas. Esa es la diferencia frente a un día no laborable compensable, cuyas horas sí se recuperan y que no es obligatorio para el sector privado.

¿El viernes 7 de agosto es feriado?

No. El calendario oficial no declara el viernes 7 de agosto como feriado ni como día no laborable nacional. El descanso obligatorio es el jueves 6. Por eso, agosto no genera automáticamente un fin de semana largo de cuatro días.

Si tu empresa decide darte libre el viernes, debe indicarte bajo qué modalidad: vacaciones, licencia, compensación de horas u otro acuerdo válido. No asumas que el viernes está cubierto por la Ley N.° 31530.

¿El feriado del domingo 30 pasa al lunes 31?

No existe un traslado automático. El feriado de Santa Rosa de Lima se mantiene el domingo 30 de agosto y el calendario oficial no incluye el lunes 31 como feriado o día no laborable nacional.

Que el 30 coincida con domingo tampoco autoriza a cambiar por cuenta propia el horario del lunes. Si tu descanso semanal está fijado ese día o trabajas con turnos rotativos, revisa el rol y la boleta de pago para identificar el descanso y cualquier compensación aplicada.

Cuánto te pagan si trabajas el 6 o el 30 de agosto

Si laboras durante un feriado y no recibes un descanso sustitutorio, se generan tres conceptos:

  1. La remuneración del feriado, que ya está incluida en el sueldo mensual.
  2. El pago por la labor realizada.
  3. Una sobretasa del 100 % sobre la remuneración diaria.

Por eso se habla de “pago triple”. Para una persona con sueldo mensual, no significa que se añadan tres valores día a la boleta: uno ya forma parte del sueldo y se agregan los otros dos. La guía de cuánto se paga por trabajar en feriado explica el cálculo general.

Escenario Qué ocurre Efecto económico
No trabajas el feriado Descansas Cobras tu remuneración habitual
Trabajas y recibes otro día de descanso Hay descanso sustitutorio No corresponde el pago adicional por el feriado
Trabajas y no recibes descanso sustitutorio Se aplica la sobretasa legal Feriado + labor + 100 % de sobretasa
Tu turno empezó el día anterior y terminó en el feriado No se considera un turno trabajado íntegramente en feriado No corresponde el pago adicional solo por cruzar la medianoche

Ejemplo con un sueldo de S/ 1.500

El valor día es S/ 50: S/ 1.500 ÷ 30.

Concepto Monto
Feriado remunerado, ya incluido en el sueldo S/ 50
Trabajo realizado S/ 50
Sobretasa del 100 % S/ 50
Total generado por ese día S/ 150
Monto que se añade al sueldo mensual S/ 100

El ejemplo es orientativo. Si tienes remuneración variable, trabajas solo parte de la jornada o tu régimen tiene una regla especial, el cálculo puede requerir revisar tu promedio y el tiempo efectivamente laborado.

Qué hacer antes y después de trabajar el feriado

Comprueba estos cuatro puntos:

  1. Fecha y turno. Confirma si tu jornada empieza el 6 o el 30. SUNAFIL señala que un turno iniciado el día laborable anterior y terminado durante el feriado no se considera trabajo en feriado solo por cruzar la medianoche.
  2. Descanso sustitutorio. Pide que la fecha del descanso quede clara en el rol, correo o comunicación de la empresa.
  3. Boleta. Si no hubo descanso, busca el pago por la labor y la sobretasa del 100 %. Para saber cuándo una empresa puede requerir tu asistencia, revisa si es obligatorio trabajar en feriado.
  4. Pruebas. Conserva el rol, control de asistencia, mensajes y boleta. Si falta el descanso o el pago, puedes seguir la ruta para presentar una denuncia ante SUNAFIL.

Como referencia estacional, el mes anterior tuvo tres fechas distintas y un día no laborable. Puedes comparar el tratamiento en la guía de feriados de julio 2026.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los feriados de agosto 2026 en Perú?

Son el jueves 6 de agosto, por la Batalla de Junín, y el domingo 30 de agosto, por Santa Rosa de Lima. Ambos son feriados nacionales para el sector público y privado.

¿El 6 de agosto de 2026 es feriado para el sector privado?

Sí. La Ley N.° 31530 incorporó la Batalla de Junín al artículo 6 del Decreto Legislativo 713. SUNAFIL confirma que el descanso alcanza a los trabajadores del sector privado.

¿El viernes 7 de agosto de 2026 es día no laborable?

No figura como feriado ni día no laborable nacional en el calendario oficial vigente. Si una empresa concede el viernes libre, debe precisar si corresponde a vacaciones, licencia, compensación u otro acuerdo.

¿El 30 de agosto se traslada al lunes 31?

No. El feriado se mantiene el domingo 30 y el lunes 31 no aparece como feriado o día no laborable nacional. No existe un traslado automático por caer domingo.

¿Cuánto me pagan si trabajo el 6 de agosto?

Si no recibes descanso sustitutorio, el día genera la remuneración del feriado, el pago por la labor y una sobretasa del 100 %. En un sueldo mensual, el feriado ya está incluido y se añaden dos valores día.

¿Qué pasa si trabajo el feriado y descanso otro día?

Si tu empleador te otorga un descanso sustitutorio, no corresponde el pago adicional por haber trabajado el feriado. Conviene que la fecha del descanso quede documentada.

¿Mi turno nocturno cuenta como trabajo en feriado?

SUNAFIL indica que un turno que empieza en un día laborable y termina durante el feriado no se considera trabajo en feriado solo por cruzar la medianoche. Si el turno comienza en el propio feriado, revisa las horas laboradas y la compensación aplicada.

Fuentes oficiales

Sobre el autor

Redactado por el equipo editorial de Empleo en Perú (Luis Estévez). Última actualización: julio de 2026.

Información orientativa; no constituye asesoría legal. Verifica siempre la norma vigente en gob.pe y El Peruano.

Luis Estévez

Abogado y economista de Lima, me dedico a ofrecer información actualizada y relevante a la ciudadanía. Mi objetivo es proporcionar recursos y orientación que faciliten el acceso a oportunidades de empleo, ayudando a los individuos a encontrar opciones laborales acordes a sus habilidades y aspiraciones.

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